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LA DEFENSA LEGÍTIMA, COMO UN DERECHO

    "Nada impide que un acto pueda tener dos efectos, de los cuales, uno sea voluntario y otro accidental. Y los actos morales se especifican por el fin que se pretende, no de lo accidental, o sea de lo que sucede inintencionalmente. Y del acto de alguien que se está defendiendo pueden darse dos intenciones; la primera la conservación de la propia vida; la segunda, la muerte del atacante, pero puede un acto proveniente de una buena intención tornarse ilícito, si no es proporcionado al fin. Por tanto, lo sería si alguien, por preservar la propia vida, usara de más violencia que la necesaria. Así, pues, si resiste a la violencia con moderación, la defensa será lícita, pues, según el derecho, «es lícito defenderse con la fuerza de un ataque violento, aunque con moderación, según se busque una necesaria seguridad». Y no es necesario para la salvación el que el hombre deje su seguridad necesaria para no matar a otro. Y es que el hombre tiene la obligación de velar por su propia...

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