EL INSTINTO DE PRESERVACIÓN

 






Supongamos que los hombres hayan llegado a un punto tal, que los obstáculos que dañan a su conservación en el estado de la naturaleza, superen por su resistencia las fuerzas que cada individuo puede emplear para mantenerse en este estado. En tal caso su primitivo estado no puede durar más tiempo, y perecería el género humano sino variase su modo de existir.

Mas como los hombres no pueden crear por sí solos nuevas fuerzas, sino unir y dirigir las que ya existen, solo les queda un medio para conservarse, y consiste en formar por agregación una suma de fuerzas capaz de vencer la resistencia, poner en movimiento estas fuerzas por medio de un solo móvil y hacerlas obrar de acuerdo. Esta suma de fuerzas solo puede nacer del concurso de muchas separadas; pero como la fuerza y la libertad de cada individuo son los principales instrumentos de su conservación, ¿qué medio encontrará para obligarlas sin perjudicarse y sin olvidar los cuidados que se debe a sí mismo? Esta dificultad, reducida a mi objeto, puede expresarse en estos términos: «Encontrar una forma de asociación capaz de defender y proteger con toda la fuerza común la persona y bienes de cada uno de los asociados, pero de modo que cada uno de estos, uniéndose a todos, solo obedezca a sí mismo, y quede tan libre como antes.» Este es el problema fundamental, cuya solución se encuentra en el contrato social.

Las cláusulas de este contrato están determinadas por la naturaleza del acto de tal suerte, que la menor modificación las haría vanas y de ningún efecto, de modo que aun cuando quizás nunca han sido expresadas formalmente, en todas partes son las mismas, en todas están tácitamente admitidas y reconocidas, hasta que, por la violación del pacto social, recobre cada cual sus primitivos derechos y su natural libertad, perdiendo la libertad convencional por la cual renunciara a aquella.

Todas estas cláusulas bien entendidas se reducen a una sola, a saber: la enajenación total de cada asociado con todos sus derechos hecha a favor del común: porque en primer lugar, dándose cada uno en todas sus partes, la condición es la misma para todos; siendo la condición igual para todos, nadie tiene interés en hacerla onerosa a los demás. A más de esto, haciendo cada cual la enajenación sin reservarse nada; la unión es tan perfecta como puede serlo, sin que ningún socio pueda reclamar; pues si quedasen algunos derechos a los particulares, como no existiría un superior común que pudiese fallar entre ellos y el público, siendo cada uno su propio juez en algún punto, bien pronto pretendería serlo en todos; subsistiría el estado de la naturaleza, y la asociación llegaría á ser precisamente tiránica o inútil. En fin, dándose cada cual a todos, no se da a nadie en particular; y como no hay socio alguno sobre quien no se adquiera el mismo derecho que uno le cede sobre sí, se gana en este cambio el equivalente de todo lo que uno pierde, y una fuerza mayor para conservar lo que uno tiene. Si quitamos pues del pacto social lo que no es de su esencia, veremos que se reduce a estos términos: Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general; recibiendo también á cada miembro como parte indivisible del todo.

En el mismo momento, en vez de la persona particular de cada contratante, este acto de asociación produce un cuerpo moral y colectivo, compuesto de tantos miembros como voces tiene la asamblea; cuyo cuerpo recibe del mismo acto su unidad, su ser común, su vida y su voluntad. Esta persona pública que de este modo es un producto de la unión de todas las otras, tomaba antiguamente el nombre a los CIVITAS , y ahora el de República o de cuerpo político, al cual sus miembros llaman estado cuando es pasivo, soberano cuando es activo, y potencia comparándole con sus semejantes. Por lo que mira a los asociados, toman colectivamente el nombre de pueblo y en particular se llaman ciudadanos, como partícipes de la autoridad soberana y súbdita, como sometidos a las leyes del estado. Pero estas voces se confunden a menudo y se toma la una por la otra; basta que sepamos distinguirlas cuando se usan en toda su precisión.

Todo esto para decir que las personas son libres en Colombia para ejercer los derechos fundamentales, mientras respeten los de los demás y no abusen de los suyos. Corresponde al Congreso desarrollar la Constitución y precisar a partir de qué límites se irrespetan los derechos ajenos o se abusa de los propios; pero al cumplir esa función, no puede desvirtuar las pautas reguladoras establecidas, desconociendo la autonomía moral de la persona que la propia Carta reconoce y protege. Dentro de ese marco constitucional, el legislador fija los límites básicos para el libre ejercicio de los derechos fundamentales en leyes estatutarias, y los complementa, eventualmente, con leyes ordinarias en las que desarrolla la regulación. El contenido de estas leyes obedece a las prioridades y criterios del legislador, pero no puede sobrepasar límites constitucionales como el respeto por la dignidad de la persona, la igualdad de los destinatarios frente al ordenamiento, y la posibilidad física de acatar sus mandatos.

Si bien vemos que la doctrina, como la jurisprudencia y la ley, exponen de qué manera el Estado se compromete con preservar derechos, en muchas ocasiones, por no decir en todas, nos encontramos con el abandono por parte de este, dejándonos a la deriva. Indicadores o estadísticas acerca de cuanto ha aumentado los casos de violencia en todos los aspectos, evidencia la problemática por la que pasamos a diario. Ahora bien, también cabe demostrar que la intolerancia es un detonante crítico para el desarrollo de estas situaciones. A todo esto sumado el legado del narcotráfico, en el que está inmerso en todas las esferas estatales, pero sobre todo en las organizaciones gubernamentales e instituciones del Estado. Este desapego por parte del Estado se refleja en el incremento de delitos, pero más que todo, en el recrudecimiento de conductas violentas por parte de sus autores. La violencia no es sólo presente en el tema de la guerra, que es el común denominador en los problemas del país, también existe una brecha muy grande entre el Ejecutivo y sus ciudadanos. Si bien se garantiza la protección de derechos como la vida, la salud, la libertad, así como otros, estos están siendo coartados y lo que más causa indignación e impotencia, es que no vemos ayuda o respuesta, por parte del Ejecutivo, sólo nos encontramos vulnerables a esos momentos o situaciones de violencia. Así que, nos vemos obligados a la penosa necesidad de proteger y protegernos. Ésta necesidad que se deriva de la tardía respuesta del Estado, propuso e incitó al despertar la elementos de supervivencia y reacción, en la que impera una sola idea y es la de no ser víctima jamás de un acto de evidente violencia. Es desarrollar un instituto natural, en el que la mente se activará, donde el peligro inminente, nos da la visión de cómo responder ante estos sucesos,  en el que pasamos de convertirnos en personas del común a ser víctimas,  sometidas de un agente determinado a infringir violencia a cambio de saciar su necesidades viles y mal intencionadas. Este agente determinante obrara con todo su poder para saciar su apetito delictivo, por cualquier medio, no importará raza, sexo, religión, sólo será su necesidad hambrienta por obtener lo que según él, ha denominado como suyo. Este arrebato será violento, cruel, salvaje. El agente será bestialmente ciego e incapaz de darse cuenta del daño que causara en la obtención de su beneficio.

Haciendo analogía al reino animal, este agente jugará el papel de cazador voraz, será un sujeto que impondrá su violencia a la satisfacción de su necesidad, por un lado. Al otro extremo se encuentra su víctima, una persona que será su trofeo y el Estado invisible e ignorando lo que ocurre a diario.

Ésta cruel escena de la jungla, no se podría llevar acabo si no hay presa, en este caso, una víctima. El depredador verá siempre, la vulnerabilidad del agente dominado, para saciar su apetito. Ahora, sin presa no habría depredador, es lo que uno supondría, entonces nace la pregunta, ¿Cómo sería posible esto?... Es simple, actuando como si no estuviéramos bajo dominio físico y mental, estar siempre a la defensiva. Todos y cada uno, tenemos cualidades únicas, cada uno conoce sus ventajas y limitaciones. Si bien se trata de explotar esas ventajas y modificar lo que nos limita, porque se sabe, que  existen  tipos de limitaciones, estas solo son físicas, pero  jamás serán mentales y es ahí, donde haremos la diferencia entre ser la víctima o el victimario, entre ser la presa o el cazador. Por otro lado, la Constitución en Colombia promulgó en su jurisprudencia, que las personas nacen libres para ejercer derechos fundamentales, mientras respeten los demás y no abusen de los suyos. Por eso le corresponde a la legislación, precisar a partir de que límites se interrumpen los derechos ajenos o se abusos se los propios; pero al cumplir esa función, no puede desvirtuar las pautas reguladoras establecidas, desconociendo la autonomía moral de la persona que la propia Carta protege. El Ejecutivo, nos da una herramienta como su código de conducta penal, en  el que como la parte autora consciente es de su actuar, conoce su aplicabilidad, pero sobre  todo, este presume que todos están regidos por su ley, que son capaces de asumir cierto comportamiento. Comportamiento enmarcado en un código inquebrantable y en el que el menor error, por más mínimo que sea, caerá sobre el agente con toda la rigidez propia de su delito.

Entonces pongamos otro ejemplo a relucir, si conozco la ley y sé que mi comportamiento podrá acarrear consecuencias legales, sin embargo, desarrollo mi actuar delictivo, buscando conseguir mi finalidad ¿Quién podrá impedirlo? …La ley y el Estado, no siempre estarán cuando se necesita, así que nada ni nadie impedirán que obtenga  lo que quiero sin importar los resultados así como mucho menos las consecuencias. ¿Qué más queda, si no hay protección del Estado, ni del legislador y la justicia si apenas gatea? Mi instinto de supervivencia y el de preservar mi vida o el de protección de alguna otra persona, el resguardo de mi hogar, así como el cuidado de un bien jurídicamente  tutelado, pero sobre todo protegido, desarrolla en mi psiquis, un instinto de autocuidado y protección de esos bienes, predisponiendo mi mente y mi cuerpo, para que este agente determinante de la acción ilícita, no desarrolle su conducta sobre mí. Este instinto se crea, se desarrolla y se perfecciona en proporción al peligro que se encuentra, pero lo más importante, te da la capacidad de utilizar herramientas naturales suficientes, para proteger todo lo que está bajo nuestro cuidado, creado por la necesidad de salvaguardar bienes adquiridos por derecho propio. De aquí parte la premisa, que sin víctima no hay victimario y por lo tanto nunca, se llevará a cabo la estas situaciones de dominio de poder violento, ya que este instinto desarrollado de protección, impedirán su ejecución. Este estado de necesidad, conduce a mi conciencia, mi mente y mi cuerpo, a una reacción de un actuar delictivo, de manera inmediata, encontrando una solución a esta conducta violenta e ilícita, convirtiéndome ya no en una víctima, invirtiendo los roles o los papeles y no habrá más una premio o en su caso una presa. Entonces queda en nosotros mismos desarrollar la tarea de protegernos y proteger. Cuando hablamos de autoprotección estamos hablando de: prevención, control de riesgos así como acciones y medidas a adoptar con objeto de garantizar la protección de los ciudadanos, los bienes y el medio ambiente, así como la  prevención, entendida como el conjunto de medidas y acciones encaminadas a evitar o mitigar los posibles impactos adversos de los riesgos y amenazas. Uno de los aspectos centrales de la calidad de vida, es tener la certeza de poder disfrutar con seguridad todas nuestras actividades ya sean laborales, personales, recreativas o de descanso, pero se requiere tomar medidas de autoprotección integral de personas para no convertirnos en víctimas de actividades delictivas, protagonizadas por los grupos armados al margen de la ley y de la delincuencia común. No existe protección absoluta, pero debemos tomar algunas previsiones para protegernos, evitar incidentes o aprender a administrar aquellos que nos sucedan, procurando sufrir las mínimas consecuencias negativas posibles. Evitar convertirse en víctima de un hecho delictivo, tomando en cuenta el entorno y las situaciones donde este puede producirse. Todas estas acciones están encaminadas a la protección, realizadas por uno mismo, para sí mismo. Los ciudadanos deben tomar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos, así como exponerse a ellos. Una vez sobrevenida una emergencia, deberán actuar conforme a las indicaciones de los agentes de los servicios públicos competentes. La autoprotección ciudadana se puede entender como la ejercida por los ciudadanos en el marco físico donde se desenvuelve su vida. Lograr desarrollar una conciencia situacional muy importante para desarrollar ese instinto natural de supervivencia. Estamos en un momento donde la violencia es un factor tristemente importante en este país, así que debemos constantemente estar atentos a situaciones de riesgo y peligro. Es mi vida, es la preservación de mi supervivencia.

 

 

 

 




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