EL INSTINTO DE PRESERVACIÓN
Mas como los hombres no pueden crear por sí solos
nuevas fuerzas, sino unir y dirigir las que ya existen, solo les queda un medio
para conservarse, y consiste en formar por agregación una suma de fuerzas capaz
de vencer la resistencia, poner en movimiento estas fuerzas por medio de un
solo móvil y hacerlas obrar de acuerdo. Esta suma de fuerzas solo puede nacer
del concurso de muchas separadas; pero como la fuerza y la libertad de cada
individuo son los principales instrumentos de su conservación, ¿qué medio
encontrará para obligarlas sin perjudicarse y sin olvidar los cuidados que se
debe a sí mismo? Esta dificultad, reducida a mi objeto, puede expresarse en
estos términos: «Encontrar una forma de asociación capaz de defender y proteger
con toda la fuerza común la persona y bienes de cada uno de los asociados, pero
de modo que cada uno de estos, uniéndose a todos, solo obedezca a sí mismo, y
quede tan libre como antes.» Este es el problema fundamental, cuya solución se
encuentra en el contrato social.
Las cláusulas de este contrato están determinadas por
la naturaleza del acto de tal suerte, que la menor modificación las haría vanas
y de ningún efecto, de modo que aun cuando quizás nunca han sido expresadas
formalmente, en todas partes son las mismas, en todas están tácitamente
admitidas y reconocidas, hasta que, por la violación del pacto social, recobre
cada cual sus primitivos derechos y su natural libertad, perdiendo la libertad
convencional por la cual renunciara a aquella.
Todas estas cláusulas bien entendidas se reducen a una
sola, a saber: la enajenación total de cada asociado con todos sus derechos
hecha a favor del común: porque en primer lugar, dándose cada uno en todas sus
partes, la condición es la misma para todos; siendo la condición igual para
todos, nadie tiene interés en hacerla onerosa a los demás. A más de esto,
haciendo cada cual la enajenación sin reservarse nada; la unión es tan perfecta
como puede serlo, sin que ningún socio pueda reclamar; pues si quedasen algunos
derechos a los particulares, como no existiría un superior común que pudiese
fallar entre ellos y el público, siendo cada uno su propio juez en algún punto,
bien pronto pretendería serlo en todos; subsistiría el estado de la naturaleza,
y la asociación llegaría á ser precisamente tiránica o inútil. En fin, dándose
cada cual a todos, no se da a nadie en particular; y como no hay socio alguno
sobre quien no se adquiera el mismo derecho que uno le cede sobre sí, se gana
en este cambio el equivalente de todo lo que uno pierde, y una fuerza mayor para
conservar lo que uno tiene. Si quitamos pues del pacto social lo que no es de
su esencia, veremos que se reduce a estos términos: Cada uno de nosotros pone
en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad
general; recibiendo también á cada miembro como parte indivisible del todo.
En el mismo momento, en vez de la persona particular
de cada contratante, este acto de asociación produce un cuerpo moral y
colectivo, compuesto de tantos miembros como voces tiene la asamblea; cuyo
cuerpo recibe del mismo acto su unidad, su ser común, su vida y su voluntad.
Esta persona pública que de este modo es un producto de la unión de todas las
otras, tomaba antiguamente el nombre a los CIVITAS , y ahora el de República o
de cuerpo político, al cual sus miembros llaman estado cuando es pasivo,
soberano cuando es activo, y potencia comparándole con sus semejantes. Por lo
que mira a los asociados, toman colectivamente el nombre de pueblo y en
particular se llaman ciudadanos, como partícipes de la autoridad soberana y
súbdita, como sometidos a las leyes del estado. Pero estas voces se confunden a
menudo y se toma la una por la otra; basta que sepamos distinguirlas cuando se
usan en toda su precisión.
Todo esto para decir que las personas son libres en
Colombia para ejercer los derechos fundamentales, mientras respeten los de los
demás y no abusen de los suyos. Corresponde al Congreso desarrollar la
Constitución y precisar a partir de qué límites se irrespetan los derechos ajenos
o se abusa de los propios; pero al cumplir esa función, no puede desvirtuar las
pautas reguladoras establecidas, desconociendo la autonomía moral de la persona
que la propia Carta reconoce y protege. Dentro de ese marco constitucional, el
legislador fija los límites básicos para el libre ejercicio de los derechos
fundamentales en leyes estatutarias, y los complementa, eventualmente, con
leyes ordinarias en las que desarrolla la regulación. El contenido de estas
leyes obedece a las prioridades y criterios del legislador, pero no puede
sobrepasar límites constitucionales como el respeto por la dignidad de la
persona, la igualdad de los destinatarios frente al ordenamiento, y la
posibilidad física de acatar sus mandatos.
Si bien vemos que la doctrina, como la jurisprudencia
y la ley, exponen de qué manera el Estado se compromete con preservar derechos,
en muchas ocasiones, por no decir en todas, nos encontramos con el abandono por
parte de este, dejándonos a la deriva. Indicadores o estadísticas acerca de
cuanto ha aumentado los casos de violencia en todos los aspectos, evidencia la
problemática por la que pasamos a diario. Ahora bien, también cabe demostrar
que la intolerancia es un detonante crítico para el desarrollo de estas
situaciones. A todo esto sumado el legado del narcotráfico, en el que está
inmerso en todas las esferas estatales, pero sobre todo en las organizaciones
gubernamentales e instituciones del Estado. Este desapego por parte del Estado
se refleja en el incremento de delitos, pero más que todo, en el
recrudecimiento de conductas violentas por parte de sus autores. La violencia
no es sólo presente en el tema de la guerra, que es el común denominador en los
problemas del país, también existe una brecha muy grande entre el Ejecutivo y
sus ciudadanos. Si bien se garantiza la protección de derechos como la vida, la
salud, la libertad, así como otros, estos están siendo coartados y lo que más
causa indignación e impotencia, es que no vemos ayuda o respuesta, por parte
del Ejecutivo, sólo nos encontramos vulnerables a esos momentos o situaciones
de violencia. Así que, nos vemos obligados a la penosa necesidad de proteger y
protegernos. Ésta necesidad que se deriva de la tardía respuesta del Estado,
propuso e incitó al despertar la elementos de supervivencia y reacción, en la
que impera una sola idea y es la de no ser víctima jamás de un acto de evidente
violencia. Es desarrollar un instituto natural, en el que la mente se activará,
donde el peligro inminente, nos da la visión de cómo responder ante estos sucesos,
en el que pasamos de convertirnos en personas del común a ser víctimas,
sometidas de un agente determinado a infringir violencia a cambio de saciar su
necesidades viles y mal intencionadas. Este agente determinante obrara con todo
su poder para saciar su apetito delictivo, por cualquier medio, no importará
raza, sexo, religión, sólo será su necesidad hambrienta por obtener lo que
según él, ha denominado como suyo. Este arrebato será violento, cruel, salvaje.
El agente será bestialmente ciego e incapaz de darse cuenta del daño que
causara en la obtención de su beneficio.
Haciendo analogía al reino animal, este agente jugará
el papel de cazador voraz, será un sujeto que impondrá su violencia a la satisfacción
de su necesidad, por un lado. Al otro extremo se encuentra su víctima, una
persona que será su trofeo y el Estado invisible e ignorando lo que ocurre a
diario.
Ésta cruel escena de la jungla, no se podría llevar
acabo si no hay presa, en este caso, una víctima. El depredador verá siempre,
la vulnerabilidad del agente dominado, para saciar su apetito. Ahora, sin presa
no habría depredador, es lo que uno supondría, entonces nace la pregunta, ¿Cómo
sería posible esto?... Es simple, actuando como si no estuviéramos bajo dominio
físico y mental, estar siempre a la defensiva. Todos y cada uno, tenemos
cualidades únicas, cada uno conoce sus ventajas y limitaciones. Si bien se
trata de explotar esas ventajas y modificar lo que nos limita, porque se sabe, que existen tipos de limitaciones, estas solo son físicas,
pero jamás serán mentales y es ahí,
donde haremos la diferencia entre ser la víctima o el victimario, entre ser la
presa o el cazador. Por otro lado, la Constitución en Colombia promulgó en su
jurisprudencia, que las personas nacen libres para ejercer derechos fundamentales,
mientras respeten los demás y no abusen de los suyos. Por eso le corresponde a
la legislación, precisar a partir de que límites se interrumpen los derechos
ajenos o se abusos se los propios; pero al cumplir esa función, no puede
desvirtuar las pautas reguladoras establecidas, desconociendo la autonomía
moral de la persona que la propia Carta protege. El
Ejecutivo, nos da una herramienta como su código de conducta penal, en el que como la parte autora consciente es de
su actuar, conoce su aplicabilidad, pero sobre todo, este presume que todos
están regidos por su ley, que son capaces de asumir cierto comportamiento.
Comportamiento enmarcado en un código inquebrantable y en el que el menor
error, por más mínimo que sea, caerá sobre el agente con toda la rigidez propia
de su delito.
Entonces pongamos otro ejemplo a relucir, si conozco
la ley y sé que mi comportamiento podrá acarrear consecuencias legales, sin embargo,
desarrollo mi actuar delictivo, buscando conseguir mi finalidad ¿Quién podrá
impedirlo? …La ley y el Estado, no siempre estarán cuando se necesita, así que
nada ni nadie impedirán que obtenga lo que quiero sin importar los
resultados así como mucho menos las consecuencias. ¿Qué más queda, si no hay
protección del Estado, ni del legislador y la justicia si apenas gatea? Mi
instinto de supervivencia y el de preservar mi vida o el de protección de
alguna otra persona, el resguardo de mi hogar, así como el cuidado de un bien jurídicamente
tutelado, pero sobre todo protegido,
desarrolla en mi psiquis, un instinto de autocuidado y protección de esos
bienes, predisponiendo mi mente y mi cuerpo, para que este agente determinante
de la acción ilícita, no desarrolle su conducta sobre mí. Este instinto se
crea, se desarrolla y se perfecciona en proporción al peligro que se encuentra,
pero lo más importante, te da la capacidad de utilizar herramientas naturales
suficientes, para proteger todo lo que está bajo nuestro cuidado, creado por la
necesidad de salvaguardar bienes adquiridos por derecho propio. De aquí parte
la premisa, que sin víctima no hay victimario y por lo tanto nunca, se llevará
a cabo la estas situaciones de dominio de poder violento, ya que este instinto
desarrollado de protección, impedirán su ejecución. Este estado de necesidad,
conduce a mi conciencia, mi mente y mi cuerpo, a una reacción de un actuar
delictivo, de manera inmediata, encontrando una solución a esta conducta
violenta e ilícita, convirtiéndome ya no en una víctima, invirtiendo los roles
o los papeles y no habrá más una premio o en su caso una presa.
Entonces queda en nosotros mismos desarrollar la tarea de protegernos y
proteger. Cuando hablamos de autoprotección estamos hablando
de: prevención, control de riesgos así como acciones y medidas a adoptar con
objeto de garantizar la protección de los ciudadanos, los bienes y el medio
ambiente, así como la prevención,
entendida como el conjunto de medidas y acciones encaminadas a evitar o mitigar
los posibles impactos adversos de los riesgos y amenazas. Uno de los
aspectos centrales de la calidad de vida, es tener la certeza de poder
disfrutar con seguridad todas nuestras actividades ya sean laborales,
personales, recreativas o de descanso, pero se requiere tomar medidas de
autoprotección integral de personas para no convertirnos en víctimas de
actividades delictivas, protagonizadas por los grupos armados al margen de la ley
y de la delincuencia común. No existe protección absoluta, pero debemos tomar
algunas previsiones para protegernos, evitar incidentes o aprender a
administrar aquellos que nos sucedan, procurando sufrir las mínimas consecuencias
negativas posibles. Evitar convertirse en víctima de un hecho delictivo,
tomando en cuenta el entorno y las situaciones donde este puede producirse. Todas estas
acciones están encaminadas a la protección, realizadas por uno mismo, para sí
mismo. Los ciudadanos deben tomar las medidas necesarias para evitar la
generación de riesgos, así como exponerse a ellos. Una vez sobrevenida una
emergencia, deberán actuar conforme a las indicaciones de los agentes de los servicios
públicos competentes. La autoprotección ciudadana se puede entender como la
ejercida por los ciudadanos en el marco físico donde se desenvuelve su vida. Lograr
desarrollar una
conciencia situacional muy importante para desarrollar ese instinto natural de supervivencia.
Estamos en un momento donde la violencia es un factor tristemente importante en
este país, así que debemos constantemente estar atentos a situaciones de riesgo
y peligro. Es mi vida, es la preservación de mi supervivencia.
Excelente .!
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